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11. Identificación y Análisis de Enfermedades Zoonóticas

INSPI
Identificación y Análisis de Enfermedades Zoonóticas
Descripción:  Servicio orientado a identificar enfermedades zoonóticas con potencial pandémico / epidémico (rabia, leptospirosis, brucelosis, peste, mycobacterium bovis), aplicando técnicas y análisis especializados, bajo parámetros internacionales establecidos.
Objetivo: Investigar y analizar el comportamiento de las enfermedades zoonóticas, mediante pruebas especializadas, usando tecnología de punta; con la finalidad de estar alerta frente a posibles brotes epidemiológicos para salvaguardar la salud pública.
Alcance: DESDE la recepción de la solicitud y muestra de paciente sospechoso de enfermedad zoonótica HASTA la emisión de informe del resultado.
Área Responsable: Centro de Referencia Nacional de Zoonosis
Instancia de Gestión del Servicoo:
Centro de Referencia Nacional
Extensión para más información del servicio:
(07) 4 109 305
Ext. 113
Análisis para detección de antígenos de virus Rabia por la técnica de Inmunofluorescencia Directa (IFD)
USUARIOS DEL SERVICIO REQUISITOSPASOS A SEGUIR POR EL USUARIO TIEMPOCOSTO
EMISOR DEL REQUISITO REQUISITO
Hospitales, Clínicas y Empresas privadas.

Unidades de Salud del Ministerio de Salud Pública, agencias provinciales de AGROCALIDAD, MAGAP.
1. Usuario
2. Usuario
3. Usuario
4. Usuario   
1. Básico Solicitud   de análisis para detección de antígenos de virus Rabia por la técnica de   Inmunofluorescencia Directa (IFD)
2. Básico Orden de trabajo para muestras de origen animal
3. Básico Ficha epidemiológica
4. Básico Muestra   biológica de tejido cerebral   
1. Entregar directamente al Centro de Referencia Nacional de   Zoonosis o mediante Courier:
  • Solicitud de análisis para detección de antígenos de virus Rabia por la   técnica de Inmunofluorescencia Directa (IFD)
  • Ficha epidemiológica u orden de trabajo
  • Muestra biológica de tejido cerebral
2. Recepción de   resultados impreso o vía correo electrónico               

24 horas
Sin Costo
Normativa del Servicio
Plan Nacional del Buen Vivir, 2013-2017, Objetivo 3.
Ley Orgánica de Salud, Art. 2, 7, 207 y 208; Reglamento Sanitario Internacional; Decreto 1290; Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos y demás normativas vigentes
Anexos
N/A
Av. Quitumbe Ñan y Av. Amaru Ñan Plataforma Gubernamental de Desarrollo Social
Teléfono: 593 (2) 381-4400 Ext. 1102 , 1103, 1104, 1105
Código Postal 170146
Quito-Ecuador
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