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ARCSA-021.- Otorgamiento de Autorización para Importación por Excepción de Medicamentos, Dispositivos Médicos y Reactivos Bioquímicos

ARCSA
Otorgamiento de Autorización para Importación por Excepción de Medicamentos, Dispositivos Médicos y Reactivos Bioquímicos
Objetivo: Servicio orientado a otorgar la Autorización para Importación por excepción a persona natural o jurídica para dispositivos médicos, medicamentos, reactivos bioquímicos y de diagnóstico que no se comercialicen en el país, para casos de emergencia sanitaria, para personas que requieren tratamientos especializados no disponibles en el país, para personas que sufran enfermedades catastróficas, raras o huérfanas, para fines de investigación clínica humana, para el abastecimiento del sector público a través de organismos internacionales, tratándose de donaciones aceptadas por la autoridad sanitaria nacional, o para otros casos definidos por la autoridad sanitaria nacional, y en otros casos previstos en esta Ley.
Área Responsable: Dirección Técnica de Registro Sanitario, Notificación Sanitaria Obligatoria y Autorizaciones
Instancia de Gestión del Servicio:
Planta Central del Arcsa/ Coordinaciones Zonales
Extensión para más información del servicio:
(04) 2 3727 440
Ext. 1307
ARCSA-021-01-01
Autorización de Importación de Productos por Excepción para Medicamentos, Dispositivos Médicos, Reactivos Bioquímicos
USUARIOS DEL SERVICIO REQUISITOS PASOS A SEGUIR POR EL USUARIO TIEMPOCOSTO
EMISOR DEL REQUISITO REQUISITO
Personas naturales y jurídicas que desean importar productos en casos excepcionales

Usuarios

Entidades gubernamentales y Entidades ONGs
1. Solicitante
2. Usuario
3. Usuario
4. Proveedor Extranjero
5. Usuario
6. Usuario   
1. Básico Solicitud   de autorización dirigida al Director Técnico de Registro Sanitario,   Notificación Sanitaria Obligatoria y Autorizaciones de la ARCSA
2. Básico Consentimiento informado suscrito por el paciente o su representante legal
3. Básico Copia del Registro Sanitario del producto, o su equivalente
4. Básico Factura o Proforma del producto importar
5. Básico Detalle de productos a importar 6. Básico Informe clínico suscrito por el Médico Tratante o Director Médico   del establecimiento de salud   
1) Ingresar la solicitud de autorización de importación en Secretaría General de ARCSA o Coordinaciones Zonales.
2) Verificar las notificaciones realizadas, cuando aplique
3) Descargar el oficio de autorización de importación a través del Sistema de Gestión Documental (QUIPUX) para entidades públicas, en el caso de personas naturales retirar el oficio en la Secretaría General de ARCSA.
3 a 5 días laborables, el tiempo puede prolongarse dependiendo del salvado de objeciones (subsanaciones)
Sin costo
Normativa del Servicio
Decreto Ejecutivo N° 1290 ARCSA
Decreto N° 544 (Reforma al Decreto Ejecutivo N°1290)
Ley Orgánica de Salud, Ley 2006-67, Registro Oficial 625, 24 de enero del 2012
Reglamento de Registro Sanitario para Medicamentos en General; Acuerdo Ministerial 586; Registro Oficial 335; 08 de febrero de 2013.
Reglamento para el registro y control sanitario de dispositivos médicos; reactivos bioquímicos y de diagnóstico; y, productos dentales, Acuerdo ministerial 205; Registro oficial 573 del 20 de marzo de 2009.
Reglamento para la obtención de Registro Sanitario para el control sanitario de medicamentos homeopáticos, de establecimientos de fabricación, almacenamiento, importación, exportación y comercialización de dichos medicamentos, Acuerdo ministerial 693
Taxonomia de Servicios
TARIFARIO ARCSA 2016
Anexos
No aplica
Av. Quitumbe Ñan y Av. Amaru Ñan Plataforma Gubernamental de Desarrollo Social
Teléfono: 593 (2) 381-4400 Ext. 1102 , 1103, 1104, 1105
Código Postal 170146
Quito-Ecuador
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