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ARCSA-021-01-01 Autorización de Importación de Productos por Excepción para Medicamentos, Dispositivos Médicos, Reactivos Bioquímicos | |||||
USUARIOS DEL SERVICIO | REQUISITOS | PASOS A SEGUIR POR EL USUARIO | TIEMPO | COSTO | |
EMISOR DEL REQUISITO | REQUISITO | ||||
Personas naturales y jurídicas que desean importar productos en casos excepcionales Usuarios Entidades gubernamentales y Entidades ONGs | 1. Solicitante 2. Usuario 3. Usuario 4. Proveedor Extranjero 5. Usuario 6. Usuario | 1. Básico Solicitud de autorización dirigida al Director Técnico de Registro Sanitario, Notificación Sanitaria Obligatoria y Autorizaciones de la ARCSA 2. Básico Consentimiento informado suscrito por el paciente o su representante legal 3. Básico Copia del Registro Sanitario del producto, o su equivalente 4. Básico Factura o Proforma del producto importar 5. Básico Detalle de productos a importar 6. Básico Informe clínico suscrito por el Médico Tratante o Director Médico del establecimiento de salud | 1) Ingresar la solicitud de autorización de importación en Secretaría General de ARCSA o Coordinaciones Zonales. 2) Verificar las notificaciones realizadas, cuando aplique 3) Descargar el oficio de autorización de importación a través del Sistema de Gestión Documental (QUIPUX) para entidades públicas, en el caso de personas naturales retirar el oficio en la Secretaría General de ARCSA. | 3 a 5 días laborables, el tiempo puede prolongarse dependiendo del salvado de objeciones (subsanaciones) | Sin costo |